Qué mide y qué no
[PENDIENTE CLAUDIA — §5.1: evalúa obligaciones del Reglamento de IA y del RGPD aplicables a quien usa IA en su actividad; no es dictamen, ni auditoría, ni certificación.]
Versión y revisiones
Banco de preguntas v1.5 · última revisión: 2026-08-17.
v1.5Segunda revisión en audio de Claudia (17-08, tarde), ejecutada con su OK: B0 con su redacción dictada; P0_6 pasa a «clientes, proveedores u otros terceros»; B1 sin la fecha en la descripción (las 4 preguntas actuales son de feb-2025, pero la redacción aguanta prohibiciones futuras); NUEVO CAMPO texto_sector/ayuda_sector, estrenado en P1_1 («estudiantes» solo en educación); fuera los tres guiones largos (P3_4, P6i_4, P6g_1); B4 pasa a «Prepararse para el alto riesgo» (sin año que caduque); B5 con descripción neutra; P5_5 explicado en cristiano (EIPD). En pantalla: titular pasa a «que no has cumplido» (dictado por Claudia), nota de sector nueva, y porcentaje con cabecera «cumplimiento».
v1.4Reescritura de redacción siguiendo la revisión en audio de Claudia (17-08-2026), ejecutada por el equipo con su OK transmitido por Javier: descripciones de B0/B1/B2/B4, opciones de P0_3/P0_4/B2 y preguntas señaladas, redactadas de cero para eliminar el calco de observatorio.legal (regla 8 del traspaso, textos CC BY-SA). B1 reordenado (5.1.c antes que 5.1.f) y AÑADIDA P1_4 (rastreo facial, art. 5.1.e) como pedía el audio. P0_1 incorpora «Pyme en general» además de «Otro tipo de organización». P0_6 pierde «pacientes» y queda neutra por sector. P4_5 añade opción para equipos sin representación legal (p=2). P5_1 admite el contrato de encargado aceptado en condiciones (art. 28). B2 pasa de «obligación» a «deber» (Ómnibus). Longitud pasa a 17-33 preguntas. PENDIENTE: visto bueno final de Claudia a la redacción antes de publicar; el criterio jurídico no se ha tocado.
v1.3Decisión de Claudia (14-08-2026) sobre las tres preguntas de industria que sumaban al titular «X obligaciones ya exigibles». (1) P6i_3 (NDAs de cliente) pasa a computa_titular:false — la Ley 1/2019 no impone un deber, condiciona la protección del secreto a que se adopten medidas razonables, y el NDA obliga por contrato, no por norma; sigue puntuando y sigue pesando en el semáforo del bloque. (2) P6i_2 (monitorización de operarios) mantiene el cómputo, pero se reordena la cita para que vaya delante lo vigente (arts. 87, 89 y 90 LOPDGDD y art. 64.4.d ET) y detrás el anexo III.4, exigible desde dic-2027: citarlo primero invitaba a leer como incumplimiento actual algo futuro, que es el error que L7 prohíbe. (3) P6i_4 mantiene el cómputo y refuerza la cita con el art. 5.1.f del RGPD junto al 32. Efecto: el máximo del contador para industria baja en uno; ninguna pregunta cambia de puntuación.
v1.2Cierre de los huecos detectados por la auditoría del motor JS (14-08-2026). (1) Campo `calendario` en las 40 preguntas que lo necesitan: las 37 puntuables más las 3 de B1, que no puntúan pero sí alimentan el calendario personalizado. Valores: vigente | rgpd-vigente | dic-2027 | ago-2028, según verificacion-normativa-2026-08. (2) Campo `computa_titular: false` en 5 preguntas que son buena práctica y no obligación exigible: sin él, el titular «X obligaciones ya exigibles» presentaría recomendaciones como incumplimientos, que es justo el error que la regla L7 prohíbe. Por defecto, ausente equivale a true. (3) Citas añadidas en P6e_5, P6g_3 y P6g_4. (4) Ayuda de P4_5 matizada: el deber laboral de informar sobre algoritmos (art. 64.4.d ET) ya está vigente aunque el art. 26.7 del reglamento llegue en 2027.
v1.1Verificación del Ómnibus (Rgto. (UE) 2026/1744, DOUE 24-jul-2026) contra fuente primaria: descripción de B2 ajustada — el art. 4 reformulado es deber de medidas de apoyo demostrables, no obligación de resultado. Fechas anexo III (2-dic-2027) y anexo I (2-ago-2028) confirmadas. Resto del banco sin cambios.
Cómo puntúa
[PENDIENTE CLAUDIA — §5.4, resumen de la especificación: puntos por opción (2/1/0), exclusión de «no aplica» del denominador, umbrales del semáforo (75/40), el bloqueo por prácticas prohibidas, y qué significa el contador del titular: obligaciones ya exigibles respondidas con hueco, excluyendo las buenas prácticas.]
Qué se cuenta como obligación ya exigible y qué no
[PENDIENTE CLAUDIA — §5.5: las preguntas de buena práctica puntúan pero no suman al contador, y por qué.]
De qué artículo sale cada pregunta
P0_4Tu organización
Art. 25 del Reglamento (UE) 2024/1689
P0_5Tu organización
Anexo III.4 del Reglamento (UE) 2024/1689
P1_2Líneas rojas
Art. 5.1.c del Reglamento (UE) 2024/1689
P1_1Líneas rojas
Art. 5.1.f del Reglamento (UE) 2024/1689
P1_3Líneas rojas
Art. 5.1.g del Reglamento (UE) 2024/1689
P1_4Líneas rojas
Art. 5.1.e del Reglamento (UE) 2024/1689
P2_1Formación del equipo
Art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689
P2_2Formación del equipo
Art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689
P2_3Formación del equipo
Art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689
P2_4Formación del equipo
Art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689
P3_1Transparencia con las personas
Art. 50.1 del Reglamento (UE) 2024/1689
P3_2Transparencia con las personas
Art. 50.4 del Reglamento (UE) 2024/1689
P3_3Transparencia con las personas
Art. 50.4 del Reglamento (UE) 2024/1689
P3_4Transparencia con las personas
Art. 50.2 del Reglamento (UE) 2024/1689
P4_1Prepararse para el alto riesgo
Art. 25.1 del Reglamento (UE) 2024/1689
P4_2Prepararse para el alto riesgo
Anexo III.4 y art. 26.2 del Reglamento (UE) 2024/1689
P4_3Prepararse para el alto riesgo
Art. 26.2 del Reglamento (UE) 2024/1689
P4_4Prepararse para el alto riesgo
Art. 26.6 del Reglamento (UE) 2024/1689
P4_5Prepararse para el alto riesgo
Art. 26.7 del Reglamento (UE) 2024/1689
P5_1Datos de terceros y confidencialidad
Art. 28 del RGPD
P5_2Datos de terceros y confidencialidad
Arts. 28 y 32 del RGPD
P5_3Datos de terceros y confidencialidad
Arts. 44 y siguientes del RGPD
P5_4Datos de terceros y confidencialidad
Art. 32 del RGPD
P5_5Datos de terceros y confidencialidad
Art. 35 del RGPD; art. 26.9 del Reglamento (UE) 2024/1689
P6i_1IA en planta y en oficina técnica
Anexo I del Reglamento (UE) 2024/1689 y Reglamento (UE) 2023/1230 de máquinas
P6i_2IA en planta y en oficina técnica
Arts. 87, 89 y 90 de la LOPDGDD y art. 64.4.d del Estatuto de los Trabajadores (vigentes); anexo III.4 del Reglamento (UE) 2024/1689 desde el 2 de diciembre de 2027
P6i_3IA en planta y en oficina técnica
Ley 1/2019 de Secretos Empresariales; NDAs de cliente
P6i_4IA en planta y en oficina técnica
Arts. 5.1.f y 32 del RGPD (vigentes); Ley 1/2019 de Secretos Empresariales
P6i_5IA en planta y en oficina técnica
Art. 26 del Reglamento (UE) 2024/1689 (preparación); ISO/IEC 42001
P6d_1IA en el ejercicio de la abogacía
Circular 3/2026 CGAE; arts. 4.1 y 21.2 CDAE; art. 125.u) EGAE
P6d_2IA en el ejercicio de la abogacía
Circular 3/2026 CGAE, recomendación 4
P6d_3IA en el ejercicio de la abogacía
Circular 3/2026 CGAE, recomendación 5
P6d_4IA en el ejercicio de la abogacía
Art. 542.3 LOPJ; arts. 15 y 16 LO 5/2024; art. 28 RGPD
P6d_5IA en el ejercicio de la abogacía
Circular 3/2026 CGAE; art. 12.A.8 CDAE
P6e_1IA en el aula y con el alumnado
Anexo III.3 del Reglamento (UE) 2024/1689
P6e_2IA en el aula y con el alumnado
Art. 8 RGPD y art. 7 LOPDGDD (consentimiento de menores)
P6e_3IA en el aula y con el alumnado
Arts. 6 y 28 del RGPD; disposición adicional 23ª LOE
P6e_4IA en el aula y con el alumnado
Art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689
P6e_5IA en el aula y con el alumnado
Art. 124 de la LO 2/2006 (normas de organización, funcionamiento y convivencia)
P6g_1Control del uso real
Art. 26 del Reglamento (UE) 2024/1689 (preparación); ISO/IEC 42001
P6g_2Control del uso real
Art. 32 del RGPD
P6g_3Control del uso real
Art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689 (medidas organizativas de apoyo); art. 32 del RGPD
P6g_4Control del uso real
Buena práctica de gobernanza, apoyada en el art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689
Qué cambió el Ómnibus digital
[PENDIENTE CLAUDIA — §5.6: Reglamento (UE) 2026/1744 — anexo III al 2-dic-2027, anexo I al 2-ago-2028, gracia hasta dic-2026 para el marcado del art. 50.2, art. 4 como deber de medidas de apoyo demostrables. Fuente: verificacion-normativa-2026-08.]
Por qué el resultado no es un dictamen
Esta autoevaluación es una orientación preliminar basada en las respuestas facilitadas. No constituye dictamen jurídico, auditoría legal ni certificación de cumplimiento. La clasificación refleja una probabilidad razonada sobre la información aportada, no una determinación de una autoridad competente. Revisión normativa: agosto de 2026 (incluye el Reglamento (UE) 2026/1744, Ómnibus digital).
Quién firma
Claudia Taracena Calonge. Graduada en Derecho, máster en Compliance y RGPD, curso de prevención de blanqueo de capitales, programa de IA en el Centro de Estudios Garrigues y certificación CAIP.